La actividad de administrar consorcios no sólo es multifacética sino que además requiere de una gran habilidad para solucionar conflictos de cualquier índole, es decir que, podemos afirmar sin temor a equivocarnos que administrar consorcios es también una “actividad multiproblemática”. La gran habilidad de un buen administrador es resolver conflictos sin mayores inconvenientes, en forma rápida, tratando de dejar en lo posible la menor cantidad de rencores y resentimientos en el camino, sin salirse del derecho. Pero por sobre todas las cosas, una buena cintura para evitar conflictos o mejor dicho, adelantarse simplemente para evitarlos. Nunca provocarlos. Deshojando la margarita En la actualidad, son reiteradas la inmensa cantidad de consultas que recibimos en nuestra Institución, respecto a los honorarios que cobra o pretende cobrar “mi administrador”… si son los correctos…, si está bien agregarle el IVA…, si pueden cobrarse aranceles en forma separada…, como ser, el certificado de libre deuda, las fotocopias, gastos bancarios de la cuenta recaudatoria, si es necesario tener cuenta bancaria, etc. Más aún en tiempo de crisis, estos temas entre otros, son observados con una gran lupa por el consorcista de modo de poder encontrar que gasto se puede o no evitar o al menos reducir. Pero por qué me detengo o hago hincapié en este tema? Porque es un conflicto evitable y el administrador mismo es el provocador de una disputa básica que deteriora su imagen y su confianza desde el arranque. Es llamativa la “zona gris” que el administrador genera con esta conducta y que no blanquea en el momento de la entrevista o en el momento de elaborar su propuesta, ya sea por omisión involuntaria o por un silencio provocado en forma adrede. O, también quizás, los consorcistas al momento de analizar, solo se detienen en el número final para determinar rápidamente el presupuesto más económico, sin tener en cuenta antecedentes o la antigüedad de sus clientes. En síntesis, al momento de elaborar la propuesta de trabajo, un administrador, luego de detallar todas las grandes bondades de sus servicios, no debe dejar al azar la tipificación de los extras que cobrará en forma separada de sus honorarios. Claro, la respuesta rápida y fácil, será que “los competidores posiblemente no detallen nada…, ni siquiera atenderán el teléfono…” Pero claramente, en algún consorcio o algún consorcista detallista despertará su inquietud del por qué uno detalla los cobros extras y otros no. Si se va a renovar su mandato, no hay motivo para no aplicar el mismo razonamiento. Transparencia y Respeto Probablemente, será más trabajoso al principio defender su propuesta, pero a la larga evitará confrontar en algo tan básico e inicial como son los honorarios y aranceles que debe cobrar el representante legal. Es la forma de transparentar las responsabilidades que abarca un administrador, más aún en la CABA, es la manera seria y respetuosa de enfrentar la relación con su cliente. Será harina de otro costal, dado que da mucha tela para cortar que excede este espacio, si los honorarios están en el valor que deberían estar realmente, en relación directa a las responsabilidades civiles y penales, y ante la fragilidad de su mandato. Tal vez, buena parte de los aranceles sugeridos no tendrían razón de existir. En fin, el primer paso lo debe dar uno y las reglas claras son para todos. Lic. Matías A. Ruiz - Presidente de AIPH
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